miércoles, 16 de abril de 2008

Recomendación

TODO LO QUE HAY QUE SABER

¿CÓMO CUMPLIR CON LAS NORMAS VIGENTES PARA LA TRAMITACIÓN DE CARTAS DE CRÉDITO SIN INCURRIR EN ERROR QUE PUEDEN RESULTAR COSTOSOS? HAY QUE TENER EN CUENTA LOS SIGUIENTES PUNTOS, ESENCIALES A LA HORA DE PLANIFICAR LA UTILIZACIÓN DE ESTE INSTRUMENTO.

  • Organizar y concientizar a toda la estructura de la empresa para la exportación.
  • Estipular siempre claramente y por contrato las condiciones de las cartas de crédito, más allá de las condiciones de ventas, ya que el crédito documentario no reemplaza al contrato de compraventa internacional ni constituye un contrato en si mismo.
  • Por tratarse de un medio de pago, se debe revisar en detalle cada punto de la carta de crédito. Se recomienda, en especial, prestar atención a las cláusulas adicionales.
  • Pedir al importador un adelanto de una copia por fax o el envío de la documentación digitalizada a través de correo electrónico.
  • Planificar con suficiente antelación el cumplimiento del pago.
  • Vigilar con extremo cuidado la confección, elaboración y presentación de los documentos contemplados.
  • Evitar los errores más comunes en la presentación de los documentos.
  • Tener en cuenta los contenidos de la Brouchurre 500 (regla y uso uniforme relativos a los créditos documentarios – RUU 500) de la cámara de comercio internacional (artículos 20 y 21)
  • Revisar cuidadosamente los documentos antes de presentarlos; en especial la fecha de certificados de inspección y documentos de seguro y las firmas de documentos de transporte.
  • Asegurarse de que la documentación ser original, tenga copia y sea coherente con lo solicitado en la carta de crédito.
  • Presentar oportunamente los documentos; ajustarse al plazo, lugar y horario bancario correspondientes.

En cuanto al plazo previsto para la presentación de documentos es importante tener en cuenta que:

  • Si en la carta de crédito no figura un tiempo determinado, la documentación de documentos deberá presentarse dentro del periodo previsto por la Brochure 500, es decir, 21 días a contar a partir de la fecha de embarque, pero en ningún caso después del vencimiento de la carta de crédito.
  • Los bancos tienen siete días hábiles para revisar la documentación.

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